
La Justicia resolvió rechazar el pedido de excarcelación presentado por la defensa de Alberto Martín Del Valle, quien permanece detenido en el marco de una causa por deuda alimentaria.
El planteo había sido realizado por la defensa, que sostuvo que Del Valle no intentaría eludir la acción de la Justicia, que contaba con un domicilio y que no registraba antecedentes penales. Sin embargo, el juez consideró que existían elementos suficientes para sostener la existencia de riesgos procesales, principalmente vinculados con un posible peligro de fuga.
Uno de los aspectos centrales de la resolución fue la conducta que el imputado habría mantenido durante la causa anterior (abuso sexual) Según surge del fallo, Del Valle permaneció más de 15 años sustraído del accionar judicial, período durante el cual se mantuvo oculto y con una orden de captura vigente. Para el magistrado, ese antecedente constituye un indicador concreto de que podría volver a adoptar una conducta similar si recuperara la libertad.

También se puso en duda el arraigo invocado por la defensa. Si bien se informó un domicilio en Quilmes, no se presentó documentación suficiente sobre las personas que convivirían allí. Además, el imputado fue finalmente capturado en otro domicilio, ubicado en Florencio Varela, diferente al que había informado. La resolución destacó que estas circunstancias no permiten acreditar de manera objetiva un vínculo familiar, laboral o residencial estable que reduzca el riesgo de fuga.
El juez también valoró que Del Valle logró permanecer oculto durante un período prolongado, circunstancia que, según la resolución, evidencia que contó con los medios, apoyo o logística necesarios para mantenerse alejado de la Justicia durante años.
A esto se sumó otro elemento considerado relevante: la resolución que había declarado extinguida por prescripción la acción penal en la causa abuso sexual todavía no se encuentra firme. Para el magistrado, esta situación también representa un factor que debe ser tenido en cuenta al momento de evaluar el riesgo procesal.
Con estos argumentos, y al considerar acreditados los peligros procesales previstos por el Código Procesal Penal, la Justicia resolvió no hacer lugar al pedido de excarcelación de Alberto Martín Del Valle, por lo que continuará privado de su libertad.