
El Tribunal en lo Criminal N.º 1 de Bahía Blanca condenó a Axel Agustín Ruggeri a seis años de prisión de efectivo cumplimiento por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y comercialización de cocaína y marihuana, agravada por realizarse en un espacio público.
La resolución se dictó en el marco de un juicio abreviado, luego de una investigación desarrollada por la UFIJ N.º 19, a cargo del fiscal Mauricio Del Cero. De acuerdo con la causa, Ruggeri comercializó drogas entre el 12 de octubre de 2023 y el 5 de abril de 2024 en distintos puntos de Bahía Blanca, con una actividad concentrada principalmente en Plaza Rivadavia.
Una de las principales pruebas incorporadas a la investigación surgió del análisis de los teléfonos celulares secuestrados. En los dispositivos se encontraron conversaciones e imágenes vinculadas con las operaciones, en las que se registraban transacciones, precios y la coordinación de los lugares de encuentro.
La investigación también permitió establecer el mecanismo utilizado para concretar algunas de las ventas. El 5 de abril de 2024, Ruggeri fue detectado por las cámaras del Centro Único de Monitoreo (CeUM) del municipio mientras realizaba maniobras compatibles con una venta de estupefacientes en la cuadra de O’Higgins al 200.
A partir de ese seguimiento, personal del Comando de Patrullas lo interceptó en la esquina de Avenida Alem y 19 de Mayo. Durante el procedimiento, los efectivos secuestraron tres envoltorios de nylon con marihuana, que estaban ocultos entre sus prendas, además de un cigarrillo de la misma sustancia.
El juez Hugo De Rosa consideró acreditada la agravante vinculada con el uso de un espacio público para desarrollar la actividad. En el fallo, sostuvo que “la elección de la plaza no constituyó una mera coincidencia espacial”, al considerar que Ruggeri aprovechó la accesibilidad, la ubicación céntrica y la concurrencia del lugar para facilitar las operaciones.
Finalmente, el tribunal lo declaró autor penalmente responsable de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y comercialización propiamente dicha, agravada por haberse desarrollado en una plaza pública, y le impuso una pena de seis años de prisión efectiva.